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Desde que la pandemia del coronavirus irrumpió en la actividad laboral, diferentes sectores de trabajadores y organizaciones sindicales, en particular los de salud, levantaron el reclamo que se considere como enfermedad laboral al COVID-19, visto que es un hecho que muchas y muchos adquirirán la enfermedad mientras trabajan.
Finalmente mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 367/2020 publicado en el día de ayer se materializó el reclamo, este instrumento servirá no solo para reparar daños a la salud que puedan producirse, mediante prestaciones médicas o dinerarias, hará también que empleadoras/
En cuanto a la letra del DNU, establece en su “Artículo 4º.- En los casos de trabajadoras y trabajadores de la salud se considerará que la enfermedad COVID-19, producida por el coronavirus SARS- CoV-2, guarda RELACIÓN DE CAUSALIDAD DIRECTA E INMEDIATA con la labor efectuada, salvo que se demuestre, en el caso concreto, la inexistencia de este último supuesto fáctico. …” es decir salvo que la ART demuestre lo contrario, y es la aseguradora, porque entendemos que ningún empleador/
Que dice el decreto en el resto de las actividades consideradas esenciales: “ARTÍCULO 1º.- La enfermedad COVID-19 producida por el coronavirus SARS-CoV-2 se considerará presuntivamente
Lo establecido por este DNU 367/2020 aplica para los casos de COVID-19, con primera manifestación desde la entrada en vigencia del decreto 297/2020 del 19/3/2020 (sobre aislamiento social preventivo y obligatorio), hasta 60 días de levantado el aislamiento.
La aprobación de este decreto al igual que todas las leyes laborales son un punto de apoyo legal importante, igualmente advertimos que con esto no alcanza, como venimos denunciando hay innumerables casos en el que tanto el estado como las patronales privadas no cumplen debidamente con la provisión de EPP o peor ocultan y niegan casos de contagios, es por eso que desde la Corriente Sindical 18 de Diciembre insistimos que sólo con la organización y la lucha de los trabajadores en cada lugar de trabajo, se impondrá el cumplimiento de todas las medidas de seguridad e higiene necesarias para evitar el contagio de la enfermedad.