El hecho de que incluyera a Globo entre las empresas relevadas puso en evidencia que este relevamiento data del año pasado, cuando la empresa seguía operando, y que el Ministerio bonaerense esperó hasta ahora para tomar medidas.
Las “irregularidades” detectadas en el relevamiento son un eufemismo para los nulos derechos laborales con los que cuentan los trabajadores de reparto por aplicación. Las empresas buscan mil y una artimañas para desligarse de cualquier responsabilidad con respecto a sus trabajadores y negar lo evidente: que detrás del supuesto “socio colaborador” en realidad se esconde a un trabajador en relación de dependencia encubierto.
El trabajo en relación de dependencia encubierto no es ningún invento, cientos de patronales lo llevan adelante en nuestro país, lista encabezada por el mismísimo Estado Nacional y los Estados Provinciales, que contratan a literalmente cientos de miles de trabajadores como “asistentes técnicos” monotributistas. Con la relación de dependencia encubierta las empresas buscan que los trabajadores no cuenten con los derechos adquiridos mediante la lucha de la clase obrera. Por ejemplo, los trabajadores de Rappi o Pedidos YA no cuentan con un seguro contra accidentes o ART, no tienen días por enfermedad ni vacaciones, y las empresas pueden despedirlos a gusto y piaccere sin hacerse cargo ni siquiera de una indemnización con el simple recurso de “bloquearlos”. Incluso Pedidos YA llega al colmo de las “irregularidades”, cuando obliga a sus repartidores a facturarle a la ignota compañía “Repartos YA”, intentando despegar a su marca registrada internacional de cualquier tipo de responsabilidad sobre los miles de pibes y pibas que todos los días recorren las ciudades del país para engrosar sus bolsillos.
Con esta sanción, el Ministerio de Trabajo bonaerense da el importante paso de reconocer que existe una relación laboral entre los repartidores y las empresas de aplicaciones. Sin embargo, todos sabemos que en el derecho laboral argentino una multa no significa que las empresas vayan a dar el brazo a torcer. En la mayoría de los casos las multas son incluso inferiores al “costo” que significaría para estas empresas respetar las leyes laborales de nuestro país. Para poder llevar realmente el reconocimiento laboral hasta el final, el Ministerio de Trabajo tiene que comenzar por reconocer el derecho a organizarse sindicalmente de los trabajadores de reparto por aplicación. En este momento se encuentra en proceso de inscripción gremial en el Ministerio de Trabajo de la Nación el Sindicato de Base de Trabajadores de Reparto por Aplicación (SiTraRepA), el primer sindicato nacional de trabajadores de aplicaciones de reparto. Instamos a los Ministerios de Trabajo nacional y bonaerense a que den el paso de otorgar la inscripción gremial al SiTraRepA para que sean los propios trabajadores los que den la pelea por sus derechos.