Una ley de delincuencia y robo capitalista

Impunidad para los evasores y corruptos: la nueva ley de Inocencia Fiscal de Milei y Caputo

La ley original fue celebrada por sectores vinculados a la evasión fiscal, la tenencia de activos no declarados y la fuga de capitales. La nueva reforma profundiza esa orientación. En las últimas horas, Adorni y su esposa, Bettina Angeletti, solicitaron su ingreso al Régimen Simplificado de Ganancias, en medio de la investigación en su contra.

Mientras los trabajadores y los jubilados soportan el peso del ajuste, el Gobierno impulsa una reforma que amplía los beneficios tributarios, flexibiliza controles y profundiza una política que ya provocó el cierre masivo de causas por evasión.

La Ley de Inocencia Fiscal fue sancionada a fines de 2025 y está vigente desde enero de 2026. Ahora, el Gobierno envió al Congreso un proyecto de reforma de la Ley de Inocencia Fiscal con el objetivo de ampliar los beneficios previstos para quienes adhieran al régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias.

La ley original fue celebrada por sectores vinculados a la evasión fiscal, la tenencia de activos no declarados y la fuga de capitales. La nueva reforma profundiza esa orientación. Las modificaciones impulsadas por el Gobierno amplían el alcance de los beneficios previstos por el régimen simplificado y limitan aún más las facultades estatales de fiscalización. Es decir, facilita la evasión fiscal y el lavado de dinero.

Por último, pero no menos importante, al analizar el texto es notable que se incluyeron reformas que benefician directamente a Adorni y su esposa, Bettina Angeletti, quiene3s son investigados por presunto enriquecimiento ilícito y lavado de dinero. En las últimas horas, trascendió que ambos ya solicitaron su inscripción formal al Régimen Simplificado de Ganancias.

Los efectos de la Ley 27.799

Los efectos de la denominada Ley de Inocencia Fiscal ya comenzaron a sentirse en los tribunales. Ya se cuentan por centenares las causas por evasión que perdieron sustento penal debido a la elevación de los montos mínimos punibles y a la aplicación retroactiva del principio de ley penal más benigna. Diversas fuentes judiciales, estimaron que entre el 80% y el 90% de los expedientes en trámite podrían verse alcanzados por este efecto.

De este modo, una de las principales reformas tributarias impulsadas por el gobierno de Javier Milei terminó beneficiando a miles de imputados por evasión fiscal, incluyendo empresarios investigados en causas de alto impacto público. Más que una simple actualización de montos frente a la inflación, la norma implicó una redefinición de cuáles son las conductas que el Estado considera merecedoras de persecución penal.

Un ejemplo reciente se produjo esta semana, cuando la Cámara Federal de Casación Penal dispuso el cierre de una causa por evasión correspondiente a los ejercicios fiscales 2017-2019, al considerar que los montos atribuidos al imputado habían quedado por debajo de los nuevos umbrales de punibilidad establecidos por la ley.

La paradoja resulta difícil de ignorar. Mientras se reducen las consecuencias penales para determinadas maniobras de evasión y se amplían las garantías para quienes adhieren al régimen simplificado, ARCA continúa desplegando mecanismos de control sobre deducciones y declaraciones de trabajadores registrados, cuyos ingresos son plenamente trazables por el propio Estado.

Lejos de constituir una mera modificación técnica, la Ley 27.799 inauguró un cambio de orientación en materia tributaria. Bajo el discurso de la simplificación administrativa y la libertad económica, fortaleció la posición de los grandes contribuyentes frente a la capacidad estatal de fiscalización. El nuevo proyecto enviado al Congreso profundiza esa tendencia, ampliando beneficios, elevando las exigencias para la intervención de ARCA y reduciendo las posibilidades de detectar activos no declarados y maniobras de ocultamiento de riqueza.

Las modificaciones de la nueva Ley de Inocencia Fiscal de Caputo

Desglosemos una por una las diferencias más relevantes que contiene el proyecto impulsado por el Gobierno nacional.

  • Eliminación de los límites de ingresos para adherir al Régimen Simplificado de Ganancias

Actualmente, la Ley 27.799 exige que el contribuyente no supere determinados niveles de ingresos para acceder al Régimen Simplificado de Ganancias. El proyecto elimina ese requisito, suprimiendo el tope de $1.000 millones de ingresos anuales. Como consecuencia, el régimen pasaría a tener un alcance prácticamente universal para las personas.

La supresión de los límites de ingresos elimina una de las pocas barreras que diferenciaban a pequeños contribuyentes de quienes concentran elevados niveles de renta. Bajo el argumento de simplificar el sistema tributario, la reforma extiende beneficios originalmente concebidos para un universo acotado hacia sectores con una capacidad económica sustancialmente mayor, es decir, los grandes empresarios y evasores.

  • Eliminación de los límites patrimoniales para ingresar al régimen

La ley vigente también exige que el patrimonio del contribuyente no supere los $10.000 millones. El proyecto elimina esa restricción. De aprobarse, una persona podría adherir al régimen independientemente del volumen de patrimonio que posea.

La eliminación del límite patrimonial supone un cambio aún más profundo. A partir de esta modificación, la magnitud de la riqueza acumulada deja de ser un factor relevante para acceder a los beneficios del régimen. La reforma equipara pequeños patrimonios con grandes fortunas, debilitando el principio de capacidad contributiva que debería orientar cualquier sistema tributario progresivo.

  • Incorporación parcial de los Grandes Contribuyentes Nacionales

Bajo el esquema actual, los Grandes Contribuyentes Nacionales se encuentran excluidos de los beneficios principales del Régimen Simplificado. El proyecto introduce una modificación permitiéndoles adherir únicamente para utilizar la declaración jurada simplificada y el mecanismo de pago del impuesto, pero sin acceder a la presunción de exactitud ni al denominado «tapón fiscal». Se trata de una novedad inexistente en la redacción original de la ley.

Aunque estos contribuyentes no accederán a todos los beneficios previstos por el régimen, su incorporación constituye una señal política clara. El Gobierno vuelve a responder a demandas formuladas por los grandes capitalistas, mientras mantiene intactos los mecanismos de control que recaen sobre trabajadores, jubilados y pequeños contribuyentes, cuyos ingresos son plenamente registrables.

  • Nueva definición de discrepancia significativa

La Ley 27.799 ya contemplaba el concepto de discrepancia significativa como supuesto habilitante para que ARCA cuestione una declaración jurada. El proyecto modifica sustancialmente ese criterio y establece parámetros objetivos. La discrepancia sólo será relevante cuando supere simultáneamente determinados umbrales, entre ellos una diferencia del 15% en el impuesto determinado y parámetros vinculados al límite de punibilidad de la Ley Penal Tributaria.

La elevación de los umbrales necesarios para considerar relevante una discrepancia reduce el margen de actuación de ARCA frente a inconsistencias patrimoniales o tributarias. En los hechos, la reforma dificulta la detección temprana de maniobras de evasión y restringe la capacidad estatal para reconstruir situaciones patrimoniales cuya evolución no resulta compatible con los ingresos declarados.

  • Conservación de los beneficios del régimen frente a ajustes posteriores

La ley vigente genera preocupación respecto de la pérdida de beneficios cuando ARCA detecta diferencias en las declaraciones. El proyecto incorpora una solución específica: aun cuando exista una diferencia objetada por el organismo fiscal, el contribuyente podrá rectificar o regularizar la situación sin perder automáticamente los beneficios obtenidos por su adhesión al régimen.

La modificación privilegia la permanencia dentro del régimen por encima de la sanción de incumplimientos. Incluso cuando el organismo fiscal detecte inconsistencias, el contribuyente podrá conservar beneficios que, bajo otros esquemas podrían perderse automáticamente, reforzando el carácter protector del sistema.

  • Mayor carga probatoria para ARCA

La Ley 27.799 reconoce una presunción de exactitud en favor del contribuyente adherido. El proyecto profundiza esa protección al exigir que ARCA demuestre objetivamente la existencia de una discrepancia significativa antes de cuestionar la declaración jurada. De esta manera, se refuerza la presunción favorable ya existente en la ley.

El proyecto profundiza el desplazamiento de responsabilidades hacia el organismo fiscal. Mientras el contribuyente recibe mayores garantías y presunciones a su favor, ARCA deberá superar exigencias probatorias más elevadas para cuestionar declaraciones juradas o verificar la consistencia entre ingresos declarados y riqueza acumulada.

  • Protección expresa de las operaciones inmobiliarias realizadas en efectivo

Esta es una de las novedades más relevantes y no se encuentra prevista expresamente en la ley actual. El proyecto aclara que los pagos en efectivo instrumentados mediante escritura pública, serán compatibles con los beneficios del régimen. La modificación busca despejar dudas respecto de la compra de inmuebles utilizando fondos alcanzados por el esquema de «inocencia fiscal», evitando que la utilización de efectivo provoque la pérdida de beneficios.

La decisión de proteger expresamente operaciones inmobiliarias realizadas en efectivo constituye uno de los aspectos más controvertidos del proyecto. Por un lado, dificulta la reconstrucción del origen de los recursos utilizados en operaciones de alto valor económico y reduce los incentivos para fortalecer mecanismos de trazabilidad.

Por otra parte, es muy “sospechoso” -por decir lo menos- que se realice este agregado en medio del escándalo del caso Adorni. Recordemos que el jefe de Gabinete es investigado por el pago de sumas exorbitantes de dinero en efectivo, justamente para la compra y reforma de varios bienes inmuebles. Por ejemplo, compró una casa en Indio Cua, por la que pagó $120.000 dólares en efectivo en la compra, más otros $245.000 dólares en efectivo en remodelaciones.

De hecho, al momento de escribir esta nota trascendió que Adorni solicitó formalmente su inscripción al régimen simplificado de Ganancias que habilitó la Ley de Inocencia Fiscal.

  • Mantenimiento de beneficios frente a diferencias inferiores a los umbrales legales

El proyecto agrega una regla de protección para quienes presenten diferencias que no alcancen los parámetros de discrepancia significativa. En esos casos, el contribuyente conservará los beneficios del régimen simplificado aun cuando existan ajustes menores. Esta previsión no surge con la misma claridad del texto vigente.

La incorporación de esta cláusula consolida la lógica general de la reforma: minimizar las consecuencias derivadas de inconsistencias tributarias siempre que no alcancen determinados niveles. La acumulación de estas protecciones genera un esquema crecientemente tolerante frente a irregularidades fiscales y patrimoniales que, consideradas individualmente, pueden parecer menores, pero que en conjunto reducen la capacidad de control del Estado.

En términos generales, el nuevo proyecto mantiene la lógica que dio origen a la Ley 27.799, pero la lleva un paso más allá. La ampliación de los beneficiarios del régimen, las mayores limitaciones a las facultades de fiscalización de ARCA y las nuevas protecciones para determinadas operaciones económicas consolidan un esquema cada vez más favorable para que los capitalistas y evasores.

Aunque el gobierno la presenta como una forma para “promover” la formalización y simplificar el cumplimiento tributario, en realidad su objetivo es otro: ampliar los beneficios para los grandes empresarios, reducir la capacidad de supervisión del Estado y flexibilizar los mecanismos destinados a detectar patrimonios no declarados o posibles maniobras de evasión.

Mientras tanto, millones de trabajadores continúan financiando buena parte de la recaudación mediante descuentos automáticos sobre sus salarios, enfrentan la pérdida de poder adquisitivo, el aumento del costo de vida y las consecuencias de los recortes aplicados sobre jubilaciones, obra pública, salud, educación y políticas sociales. La diferencia de trato resulta evidente: rigor fiscal para las mayorías y flexibilización e impunidad para los evasores.

La iniciativa impulsada por Javier Milei y Luis Caputo busca reducir la capacidad de intervención y control del Estado sobre los negocios capitalistas, incluso ampliando el margen de impunidad para las transacciones que benefician el lavado de dinero o la evasión, al mismo tiempo que descarga los costos del ajuste sobre trabajadores, jubilados y sectores populares.

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